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Obtener Trajeta Verde(GreenCard)para un Asilo

Tarjeta verde (Green Card) para un asilado

Si USCIS le concedió el estatus de asilo, usted es elegible para solicitar una Tarjeta verde o green card (residencia permanente) 1 año después de recibir su concesión de asilo.  Su cónyuge e hijos también son elegibles para solicitar una Tarjeta verde si fueron admitidos en los Estados Unidos como asilados o estaban incluidos en su concesión de asilo. 

Usted no está obligado a solicitar una Tarjeta verde; sin embargo, puede que le convenga hacerlo. Entre otras razones, si cambiaran las condiciones en su país o si usted ya no cumple con la definición de asilado debido a ese cambio de circunstancias, puede ser que ya no califique para el estatus de asilado con derecho a permanecer permanentemente en los Estados Unidos.  Haciéndose residente permanente usted no tendrá esta preocupación.

Criterios de elegibilidad


Si usted es un asilado, puede solicitar una tarjeta verde 1 año después de habérsele concedido asilo si:

  • Usted ha estado presente físicamente en los Estados Unidos al menos 1 año después de habérsele concedido asilo
  • Usted sigue cumpliendo con la definición de refugiado (o sigue siendo el cónyuge o hijo de un refugiado)
  • Usted no ha abandonado su estatus de refugiado
  • Usted no se ha reasentado firmemente en ningún país extranjero
  • Usted sigue siendo admisible en los Estados Unidos (Puede existir un dispensa si usted es inadmisible en la actualidad)

Tramitación de la solicitud


Para solicitar una Tarjeta verde, usted debe presentar el Formulario I-485, Solicitud de residencia permanente o ajuste de estatus. 

Nota: Cuando su Tarjeta verde le sea concedida, usted (y sus familiares directos) tendrá su fecha de ajuste de estatus fijada 1 año a partir de la fecha en que su tarjeta verde fue concedida.  

Documentos que debe presentar con el Formulario I-485


Si se le concede el estatus de asilo, deberá presentar el Formulario I-485 junto con los siguientes documentos justificantes (en el orden siguiente):

  • El Formulario I-485, Solicitud de residencia permanente o ajuste de estatus completado y firmado
  • El Formulario I-693, Informe médico y de vacunación completado y firmado (Para más información, seleccione el enlace “Examen médico para inmigración” que aparece en la parte izquierda de la página debajo de “Tramitaciones y procedimientos para la Tarjeta verde (Green Card)”)
  • Las cuotas aplicables

    • Los asilados deben pagar la cuota de presentación del Formulario I-485 y la cuota para la toma de huellas digitales
    • Los solicitantes menores de 14 años de edad no necesitan pagar una cuota para las huellas digitales
  • El Formulario I-602, Solicitud de un refugiado de una dispensa de inadmisibilidad/exclusión  completado y firmado (si es aplicable)
  • La Dispensa suplementaria para VIH (complétela únicamente si usted es VIH-positivo) (seleccione el enlace “Dispensa suplementaria para VIH” que aparece en la parte derecha de la página)
  • Una copia de su tarjeta I-94

    • Los asilados también pueden presentar una copia de su notificación de aprobación concediendo asilo o una copia de la orden del juez de inmigración indicando que se le concedió asilo
  • El Formulario G-325A, Información biográfica completado, si usted tiene entre 14 y 79 años de edad
  • Las copias certificadas de antecedentes penales (si usted ha sido arrestado)
  • Dos fotografías para pasaporte

Nota: Usted debe presentar cualquier documento escrito en idioma extranjero junto con una traducción en inglés certificada. El traductor debe certificar que está calificado para llevar a cabo la traducción y que la traducción es exacta. Tenga en cuenta que las traducciones presentadas sin una copia legible del documento en el idioma extranjero no son admisibles.

Familiares de asilados

El programa de asilo de USCIS acepta nuevas solicitudes a través del Formulario I-589 familiares directos de asilados (cónyuges o hijos de un asilado principal) que ya no cumplen con la definición de cónyuge o hijo de un asilado principal para facilitar a estos individuos una manera de obtener la residencia permanente.  Esto se denomina asilo nunc pro tunc.  Para más información, seleccione el enlace “Humanitario” que aparece en la parte derecha de la página.

Nota: En ciertos casos, la Ley de Protección del Estatus del Menor(CSPA, por su sigla en inglés) puede autorizarlo a mantener la clasificación de “hijo” aunque haya cumplido 21 años de edad. Para determinar si la Ley de Protección del Estatus del Menor (CSPA, por su sigla en inglés) aplica en su caso, seleccione el enlace “Ley de Protección del Estatus del Niño” que aparece en la parte izquierda de la página debajo de “Tramitaciones y procedimientos para la Tarjeta verde (Green Card).”

Tramitación de la solicitud para familiares


Usted debe presentar separadamente una solicitud con el Formulario I-485 para usted (el asilado principal), otra para su cónyuge, y otra para cada hijo que reciba el asilo para familiar directo, si éstos también desean obtener una Tarjeta verde.

Usted puede presentar las diferentes solicitudes en el mismo sobre de correos. Para mantener cada solicitud por separado, por favor utilice grapas o sujetapapeles.

Cambio de domicilio


Si usted cambia de domicilio, debe informar a USCIS por escrito en un plazo de 10 días después del cambio. 

Usted puede cumplir con este requisito:

  • Enviando por correo el Formulario AR-11, Formulario de cambio de domicilio, a la dirección que aparece en el formulario, o
  • Completando “Paso 1” del formulario electrónico (seleccione el enlace “Cambio de domicilio” que aparece en la parte derecha de la página)  

Usted NO DEBE enviar por correo el Formulario AR-11 a la dirección correcta Y completar el cambio de domicilio electrónicamente. 

Mientras su solicitud de asilo esté pendiente en la Oficina de Asilo, usted TAMBIÉN debe notificar a la Oficina de Asilo en un plazo de 10 días después de su cambio de domicilio en una de las siguientes maneras:

  • Complete el “Paso 2” del formulario electrónico (seleccione el enlace “Cambio de domicilio” que aparece en la parte derecha de la página)   
  • Envíe por correo un original o una copia del Formulario AR-11 a la Oficina de Asilo
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